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Inmigración Familiar

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Como ciudadano de Estados Unidos, usted puede reclamar a ciertos miembros de su familia basado en su relacion familiar... mas informacion en www.ipsinmigracion.com
Ciudadano de EE.UU.

 

Como ciudadano de los Estados Unidos, usted puede reclamar a ciertos miembros de su familia basado en su relación familiar.

 

Residencia Permanente como beneficio a:

  • Cónyuge.

  • Hjos Solteros y menores de 21 años.

  • Hijastros (soltero-a y menor de 21 años).**

  • Hijos solteros mayores de 21 años.

  • Hijos casados y/o mayores de 21 años.

  • Padres, si usted tiene 21 años o más.

  • Padrastro/Madrastra ***

  • Hermanos, si usted tiene 21 años o más.

 

** El niño calificaría como su hijastro(a), si es soltero(a) y menor de 18 años al momento en que usted se casó. En este caso se presentan dos solicitudes una por su cónyuge y otra por el niño.

*** El padrastro/madrasta calificaria como peticion inmediata, si cuando se efectuó el matrimonio con su padre/madre usted tenia menos de 18 años.

 

Algunas reclamaciones se puede ajustar dentro de EE.UU. y en los que corresponda, fuera de EE.UU. a traves de un proceso consular.

 

 

VISA DE NO-INMIGRANTE
PROMETIDO K-1 / K-2

 

  • Prometido(a) que reside fuera de EE.UU. e hijos del prometido(a) menores de 21 años. (K-1/K-2)



VISA DE NO-INMIGRANTE
K-3 / K-4

 

  • Cónyuge (K-3)

  • Hijos de conyuge solteros y menores de 21 (K-4)
     

Si es ciudadano de EE.UU. y presentó una peticion I-130 para su conyuge que se encuentra en el extranjero, tambien puede presentar un Formulario I-129-F, mientras esperan que USCIS tome una decision en el Formulario I-130.

 

Estos tipos de procesos requieren que despues de entrar, se aplique dentro de EE.UU., un cambio de estatus para asi obtener la residencia. Debe hacerlo en el momento que le corresponda dependiendo de la categoria de la visa.

Un residente permanente de los Estados Unidos puedesolicitar que ciertos familiares elegibles vengan y vivan en forma permanente en los Estados Unidos... Mas informacion en www.ipsinmigracion.com
Si usted entro a los Estados Unidos como refugiado en los ultimos 2 años o le fue concedida la condicion de asilado enlosultimos 2 años, usted puede solicitar la entrada a los Estados Unidos de algunos miembros de su familia... mas informacion e www.ipsinmigracion.com
Residente de EE.UU.

 

Un residente permanente de los Estados Unidos puede solicitar que ciertos familiares elegibles vengan y vivan en forma permanente en los Estados Unidos.

 

Un residente permanente puede solicitar que inmigren a los EE.UU.:

 

  • Cónyuge

  • Hijos solteros de cualquier edad

  • Hijos solteros con sus hijos menores

  • Hijastros menores de 21 años (el matrimonio debio efectuarse antes de que el menor cumpliera 18 años)

 

Tenga en cuenta que un residente permanente condicional (CPR) de los Estados Unidos, puede solicitar que sus hijos inmigren a los EE.UU.

 

Pero la edad y el estado civil de sus hijos son factores importantes en el proceso de inmigración.

 

Para propósitos de dicho proceso, un "menor" se define como una persona soltera y menor de 21 años de edad, mientras que la persona esté casada y/o tenga más de 21 años de edad, es definida como "hijo" o "hija (adulto)".

 

 

IMPORTANTE
 

  • Si esta por reclamar a su esposo(a) y usted es residente a traves de un matrimonio anterior, verifique que han pasado 5 años desde que usted es residente.
     

  • No existe una categoria de visa para el hijo casado de un residente.

Refugiado o Asilado

 

Si usted entró a los Estados Unidos como refugiado en los últimos 2 años o le fue concedida la condición de asilado en los últimos dos años, usted puede solicitar la entrada a los Estados Unidos de algunos miembros de su familia bajo un estatus derivado de refugiado o asilado si la relacion familiar existió antes de su traslado a los Estados Unidos.

 

Usted puede solicitar la entrada a los Estados Unidos de los siguientes familiares:

 

  • Cóyuges

  • Hijos (solteros y menores de 21 años al momento de su primera solicitud de estatus de asilado o refugiado)

 

 

Criterios de Elegibilidad

 

  • Como peticionario, usted debe ser el refugiado o asilado principal. Quiere decir, que fue a usted a quien le concedieron el estatus de refugiado o asilado y no lo obtuvo a través de un familiar.

 

  • Si es su esposo(a) debe haber estado casado antes de ingresar al pais en calidad de refugiado o asilado. Si es para un hijo(a) debió haber sido concebido (esto significa que la madre ya estaba embarazada) o nacido antes de ingresar usted al pais, en calidad de refugiado o asilado.



Se recomienda que contrate un abogado experto en el tema. Por favor, no lo tome a la ligera. 

Fuente: uscis.gov

Aviso Importante:
 

Si usted ahora es un ciudadano de EE.UU., usted debe presentar peticiones de visa de inmigrante por separado para cada uno de sus hijos.
Si usted actualiza una petición de segunda preferencia de familia (F2) para su cónyuge y no presentó peticiones separadas para sus hijos cuando usted era un residente permanente legal (LPR), entonces debe hacerlo ahora. Un niño no recibe estatus derivado (en inglés) en una petición de familiar inmediato (IR).

Esto es diferente de la petición de segunda preferencia de familia (F2) donde un niño es incluido en la petición F2 de su padre.

Un niño no es incluido como dependiente en la petición IR de su padre.

 

Fuente: travel.state.gov

Tiempos de Espera

Ciudadano Estadounidense: El conyuge y/o hijos e hijastros menores de 21 años y solteros, y los padres de un ciudadano estadounidense no tienen un tiempo de espera, son considerados categoria inmediata. 

 

Para las demas categorias familiares, los tiempos de espera estan sujetos al reporte que mensualmente actualiza el Departamento de Estado de los Estados Unidos a traves del conocido Visa Bulletin. Actualmente se manejan dos tablas (A. y B.)

La Tabla A., es la llamada CUT-OFF DATE que determina quienes estan autorizados para que les emitan una visa de inmigrante.

La Tabla B., es la que permite en base a la fecha de prioridad (de espera), presentar anticipadamente la documentación requerida al National Visa Center para iniciar los procesos consulares.

Para mas informacion al respecto haga click AQUI.. 

 

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